| Condiciones Generales
A los efectos de las presentes Condiciones Generales, se entenderá
como programa/folleto aquel en el que se encuentre incluida la oferta que
haya dado origen al contrato de viaje combinado.
REGULACIÓN
JURÍDICA APLICABLE
El contrato, de obligado cumplimiento para ambas partes en los términos
previstos en el mismo, está constituido por las cláusulas
contenidas en las Condiciones Generales publicadas en este programa/folleto,
que completan y desarrollan la legislación específica aplicable
sin contravenirla, añadiéndose además las estipulaciones
concretas que se acuerden entre Agencia y consumidor. Todo ello integra
un contrato de "viaje combinado", puesto que en el mismo se
incluyen un conjunto de servicios previamente programados y ofertados
por un precio global, o proyectados a solicitud del cliente también
a un precio global. Las partes contratantes se someten expresamente, con
renuncia al fuero propio, a la jurisdicción y competencia de los
tribunales con potestad en la localidad de cumplimiento de la obligación
entendiendo por tal la localidad en donde se ha celebrado el contrato.
INSCRIPCIONES Y REEMBOLSOS
En el acto de la inscripción y sin perjuicio del anticipo que autoriza
el Artículo 3 de la Ley de Viajes Combinados, la Agencia requerirá
al menos un depósito del 40% del importe total del viaje, no considerándose
plaza alguna como comprometida en firme mientras no se efectúe
dicho depósito. El 60% restante deberá abonarse, al menos
siete días antes de la fecha de salida, considerándose en
caso contrario la plaza como anulada, aplicándose, en tal supuesto,
las condiciones reseñadas en el apartado de anulaciones. La confirmación
de la reserva se efectuará siempre antes de la formalización
del contrato.
Los precios indicados en el programa/folleto que tienen incluidos los
impuestos indirectos sobre el consumo cuando sean aplicables, han sido
calculados en base a las tarifas y cambios de moneda vigentes en la fecha
de edición del programa/folleto que ha dado origen a este contrato
de viajes combinados y/o sus opúsculos y ofertas acogidas al mismo.
Dichos precios, podrán ser revisados en el caso de que se produzcan
variaciones en el coste de los transportes, incluido el coste de carburante;
en las tasas e impuestos relativos a determinados servicios; y en los
tipos de cambio aplicados al viaje. Salvo en el caso de que se produzcan
en los 20 días anteriores a la salida del usuario, estas variaciones
serán imputadas automáticamente al consumidor, lo que obliga
a la Agencia Detallista a comunicar la variación al usuario, quien
podrá desistir del viaje, con derecho al reembolso de sus pagos.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto se formalizarán
siempre a través de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado
la inscripción, no efectuándose devolución alguna
por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.
EL PRECIO DEL VIAJE COMBINADO INCLUYE
El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido
en el contrato y según sus especificaciones.
El alojamiento y/o pensión alimenticia en el régimen contratado
en cada caso en los hoteles o establecimientos elegidos o en otros similares
en caso de sustitución.
Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros.
La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté
especificamente incluido.
Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente
en los itinerarios correspondientes.
Los impuestos indirectos (I.V.A., I.G.I.C.) cuando éstos sean aplicables.
Todo aquello que se especifique, además, en el contrato.
Sólo se considerarán
incluidos en el precio del contrato los servicios expresamente detallados
en el folleto, programación y documentación del viaje. Cualquier
otro servicio será abonado antes del inicio del viaje.
Como norma general, ha de seguirse un criterio estricto de literalidad,
que conduce a la conclusión de que lo que no esté específicamente
detallado como comprendido en el precio del viaje, no estará incluido
en éste.
NUESTROS PRECIOS NO INCLUYEN
Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados
de vacunación, "extras" tales como cafés, vinos,
licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales, lavado
y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, etc., y en general
cualesquiera servicios o prestaciones no comprendidos expresamente en
el folleto, programación o documentación del viaje.
En el caso de excursiones o visitas facultativas cuyo precio esté
indicado con el simple carácter de "estimado", podrán
producirse (según las circunstancias) variaciones sobre estos costes
inicialmente calculados o previstos.
Dentro del precio del viaje combinado, no están incluidas las propinas.
En el caso de los cruceros, la propina pierde su voluntariedad y, al principio
del mismo, se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar
a la finalización del viaje una cantidad determinada en función
de la duración. Esta cantidad, fijada antes de comenzar el crucero,
tiene como único destinatario al personal de servicio.
NOTAS IMPORTANTES SOBRE APARTAMENTOS, HOTELES Y OTROS SERVICIOS
Apartamentos. - Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente
responsable de hacer la declaración correcta del número
de personas que ha de ocupar el apartamento, sin omitir los niños
cualquiera que sea su edad. Se advierte que la administración de
los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas
personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna
por esa causa. En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s
o cunas, que deberán ser solicitadas por los clientes antes de
perfeccionarse el contrato, y que salvo expresa mención en contrario,
no estarán incluidas en el precio publicado del apartamento.
En el alquiler de apartamentos, por lo general, ha de suscribirse in situ
el correspondiente contrato de arrendamiento según el modelo oficial
autorizado. Este contrato, en el que no es parte la Agencia Organizadora,
debe ser firmado por el usuario, quien abonará la correspondiente
fianza o seguro de responsabilidad civil para responder de los eventuales
desperfectos, si aquella es exigida.
La recogida de llaves normalmente se efectúa en horas de oficina,
en la propia conserjería del edificio o en el lugar que se indique
en la documentación del programa/oferta, de 9 a 13 horas y de 17
a 20 horas, realizándose, como norma general, la entrada a partir
de las 17 horas del día de llegada y el desalojo sobre las 10 horas
del día de salida. Dado el peculiar funcionamiento de este tipo
de establecimientos, recomendamos muy encarecidamente el riguroso respecto
de estos horarios, en evitación de perjuicios e incomodidades muy
difíciles de subsanar.
Hoteles. - La calidad y el contenido de los servicios prestados por el
hotel vendrá determinada por la categoría turística
oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su
país. Dada la vigente legislación al respecto, que establece
sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo
que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama,
se estimará siempre que la utilización de la tercera cama
se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan
la habitación. Esta tácita estimación deriva de la
circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así
como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los
impresos de reservas y en los billetes y/o documentaciones definitivas
de viaje. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta
cuatro personas cuando así se especifique en la oferta del programa/folleto.
El horario habitual de entrada y salida en los hoteles está en
función del primer y último servicio que el usuario vaya
a utilizar. Como norma general, las habitaciones podrán ser utilizadas
a partir de las 12 horas del día de llegada y deberán quedar
libres antes de las 12 horas del día de salida. En el supuesto
de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en
fechas u horas distintas a las reseñadas, es necesario, para evitar
problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación
posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, a al hotel o a los
apartamentos directamente, según los casos, Igualmente, debe consultar
a la Agencia Organizadora, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad
de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles
y apartamentos.
En el caso de que la Agencia Organizadora se viera obligada a cambiar
el hotel confirmado, debido a celebraciones de eventos especiales o situaciones
fuera de su control, la responsabilidad se limitará a ofrecer un
hotel de igual categoría o superior, y en el supuesto de esta imposibilidad
al abono de la diferencia de precio entre el ofertado en el contrato y
el precio final del realmente ocupado.
Otros Servicios. - En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice
después de las 12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando
esté incluido en la oferta del programa/folleto, será la
cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice
después de las 19.00 horas, el primer servicio del hotel será
al alojamiento.
Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo
soporte documental sea un solo cupón de vuelo.
SERVICIOS SUPLEMENTARIOS
Cuando los usuarios soliciten, previo pago correspondiente, servicios
suplementarios que no les puedan ser confirmados definitivamente por la
Agencia Organizadora y éstos no puedan ser facilitados, la Agencia
Organizadora no contraerá más responsabilidad que la de
reembolsar el importe pagado por tales servicios, que el usuario recibirá
al final del viaje a través de la Agencia Detallista.
EQUIPAJES
El equipaje y demás enseres personales del usuario no son objeto
del contrato de viaje combinado. Entendiéndose, en cuanto al transporte
terrestre y a todos los efectos, que aquel los conserva consigo cualquiera
que sea la parte del vehículo en que vayan colocados y, que se
transporta por cuenta y riesgo del usuario, sin que la Agencia Organizadora
venga obligada a responder de la pérdida, robo, o daños
que el mismo pudiera sufrir durante el viaje por cualquier causa, incluida
la manipulación en traslados hotel/aeropuerto o viceversa, cuando
existan. Se recomienda a los usuarios que estén presentes en todas
las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al
transporte aéreo, marítimo o fluvial del equipaje, son de
aplicación las condiciones de las compañías aéreas
reglamentadas por IATA. En el supuesto de sufrir algún daño
o extravio se recomienda presentar, en el acto, la oportuna reclamación
en la Compañía de Transportes, a no ser que se especifique
dentro del folleto la contratación de un seguro de viajes que lo
contemple.
CONDICIONES ECONÓMICAS ESPECIALES PARA NIÑOS
Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo
de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda
consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan
y que en cada momento serán objeto de información concreta
y detallada. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables
siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos.
DOCUMENTACIÓN
Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán
llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente,
sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países
que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes
así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certificaciones
de vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad
la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o
ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos
que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por
no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora declina toda responsabilidad
por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier
gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones
y normas establecidas para los supuestos de anulación o desistimiento
voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios,
y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española,
que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas
las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder
entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse.
Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado
por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser
solicitado por cualquier autoridad competente.El usuario recibe de la
Agencia Detallista la información pertinente sobre la documentación
específica necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento
sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra de los
gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra
los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.
ANULACIONES Y CESIONES
En todo momento el usuario puede desistir de los servicios solicitados
o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades
que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como del anticipo
previsto anteriormente, pero deberá indemnizar a la Agencia por
los conceptos que a continuación se indican:
a) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión,
más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos
últimos.
b) En el caso de viajes combinados: 1) Los gastos de gestión más
los gastos de anulación, si los hubiere. 2) Una penalización
consistente en el 5% entre los días 10 y 15, el 15% entre los dias
3 y 10 y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida.
De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá
derecho a devolución alguna de la cantidad abonada.
c) Las excursiones que sean contratadas por el consumidor en destino se
regirán en lo referente a los gastos por anulación por sus
condiciones específicas, compartiendo todas ellas la penalización
del 100% de su importe si el consumidor no se presenta a las mismas. Las
condiciones fijadas para los gastos por anulación, serán
plenamente aplicables con independencia de que la cancelación se
haya producido por causas de fuerza mayor del consumidor. En caso de que
algunos de los servicios contratados y anulados estuviera sometido a condiciones
especiales económicos de contratación, tales como fletes
de aviones o buques, contratación de apartamentos, tarifas especiales
de avión (en las que en caso de desistimiento, el consumidor abonará
el 100%) o alojamiento, servicios prestados en determinados países,
servicios de nieve, etc., los gastos por desestimiento se establecerán
de acuerdo con sus condiciones específicas, según se reflejan
en el programa folleto que ha dado origen al combinado. El consumidor
de viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona
siempre que lo comunique con quince días de antelación a
la fecha de inicio del viaje. El cesionario tendrá que reunir los
mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter
general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente
ante la Agencia de Viajes del pago del precio del viaje y de los gastos
adicionales de la cesión, la agencia podrá negarse a la
misma. Cuando por el tipo de tarifa o características propias del
medio de transporte a utilizar, o cuando las características de
los servicios a realizar por prestadores terceros hagan del todo imposible
la cesión, ésta no podrá ser llevada a efecto. En
los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique expresamente,
la viabilidad de la oferta del viaje combinado a contar con un mínimo
de participantes, el cual no se alcance y produzca la anulación
del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso
del total del precio o de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar
cantidad alguna en concepto de indemnización y, siempre y cuando
la Agencia se lo haya notificado con un mínimo de diez días
de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje. En los supuestos
de desistimiento o cancelación por parte de Agencia, el organizador
y el detallista serán responsables del pago al consumidor de las
indemnizaciones previstas en la Ley de Viajes Combinados, núm.
21/1995, de 6 de julio (B.O.E. 7 de julio) en los términos y condiciones
fijadas en la misma, a saber: un 5% del precio total del viaje si el desestimiento
se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores
a la fecha prevista de realización del viaje: el 10% si se produce
entre los quince y tres días anteriores y el 25% si se produce
en las cuarenta y ocho horas anteriores a la fecha prevista de realización.
ALTERACIONES
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los
servicios contratados a través de los programas/folletos contenidos
en los mismos, con las condiciones y características estipuladas.
Los Organizadores y Detallistas de viajes combinados responderán,
asímismo, de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia
de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato.
Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean
imputables al consumidor.
b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro
de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter
imprevisible o insuperable.
c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo
por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales
e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse,
a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o,
en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia
necesaria, no podía prever ni superar.
Si se produce la imposibilidad de prestar algún servicio por parte
de la Agencia Organizadora después de perfeccionado el contrato,
y antes de la salida del viaje, el consumidor podrá optar bien
por la rescisión del mismo y consiguiente reembolso de las cantidades
pagadas o bien por aceptar las modificaciones introducidas al contrato
y su repercusión en el precio, debiendo comunicar su decisión
a la Agencia en el plazo de tres días. No podrá solicitar
indemnización por incumplimiento de contrato cuando el usuario
haya aceptado la modificación al mismo mencionada anteriormente.
Si por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, ni tenga su
justificación en causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia
Organizadora cancela el viaje combinado después de formalizado
el contrato y antes de la fecha de salida el consumidor tendrá
derecho a otro viaje combinado de cantidad equivalente o superior, o bien
al reembolso del total abonado, en los términos establecidos en
el párrafo anterior, debiendo comunicar su decisión a la
Agencia en el plazo de tres días. No se podrá pedir indemnización
por incumplimiento de contrato cuando la cancelación del mismo
se produzca por causa de fuerza mayor.En el caso de que, después
de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no
puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el
contrato (más del 50%) adoptará las soluciones adecuadas
para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno
de precio para el consumidor y, en su caso, abonará a este último
el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.
Si el consumidor continúa el viaje con ls soluciones dadas por
el Organizador se considerará que acepta tácitamente dichas
propuestas. Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables
o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, aquél deberá
facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de
transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar
de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio
de la indemnización que en su caso proceda.En estas situaciones,
el consumidor podrá exigir indemnizaciones por incumplimiento de
contrato a la Agencia, no procediendo ésta cuando hayan concurrido
causas suficientes o de fuerza mayor.Cualquier imposibilidad de prestación
de los servicios o alteración de los elementos de los mismos (incluido
el precio), puesta de manifiesto por la Agencia Organizadora, a través
del Detallista, al usuario antes del perfeccionamiento del contrato, puesto
que éste aún no se ha perfeccionado, enmarcándose
dicha modificación del programa/folleto dentro del natural proceso
de negociación del contrato.Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto
o viceversa u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen,
fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al
Organizador, éste reembolsará únicamente el importe
de transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento,
previa presentación del recibo o factura correspondiente.La Agencia
Organizadora podrá anular la salida del viaj, cuando el número
de personas inscritas sea inferior al número exigido, debiendo
notificar la anulación con más de 9 días de antelación
a la salida.En los supuestos de responsabilidad contractual de la agencia
prevista en el presente apartado, las indemnizaciones serán las
reguladas en el Art. 9 de la Ley 21/1995, de 7 de Julio, de viajes combinados.
RESPONSABILIDAD
La Agencia de Viajes Organizadora y la Vendedora final del viaje combinado
responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones
que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión
del viaje combinado, del correcto incumplimiento de las obligaciones derivadas
del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar
ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho
de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores
de servicios y siempre dentro de los límites establecidos en estas
Condiciones Generales y en la legislación aplicable.
En caso de que cualquier incumplimiento en la ejecución de los
servicios, el consumidor se obliga a comunicarlo al prestador de servicios
de que se trate y a la Agencia, de manera fehaciente y a la mayor brevedad
posible, preferentemente in situ o en todo caso en los cinco días
siguientes a la finalización del viaje, puesto que fuera de ese
plazo a la Agencia Organizadora le sería casi imposible la comprobación
de la veracidad de lo alegado, así como el logro de una solución
satisfactoria para todas las partes implicadas.
En el caso de que el consumidor considere que las soluciones arbitradas
por la Agencia Organizadora no hayan sido satisfactorias, podrá
interponer reclamación el el plazo de 1 mes a contar desde la fecha
de regreso del viaje ante la citada Agencia Organizadora que será
presentada a través de la Agencia Detallista que vendió
el viaje y en la que se acreditará haber puesto de manifiesto el
presunto incumplimiento en los cinco días siguientes a su ocurrencia.
No obstante, la interposición de cualquier reclamación derivada
del contrato de viaje combinado no exime del pago del viaje en ningún
caso. El plazo de prescripción de las acciones será el establecido
en el Artículo 13 de la Ley 21/95. En cuanto al límite del
resarcimiento por daños corporales que resulten del incumplimiento
o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje
combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales
sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean
corporales, la indemnización nunca podrá ser superior al
precio total del viaje inicialmente contratado. En ningún caso
la Agencia se responsabiliza de los gastos de alojamiento, manutención,
transportes y otros que se originen a consecuencia de retrasos en salidas
o regresos de medios de transporte por causas meteorológicas, técnicas,
huelgas u otras de fuerza mayor.
Cuando el viaje se efectúe en autocares propios o alquilados por
la Agencia Organizadora, en caso de accidente, cualquiera que sea el país
donde se produzca, el consumidor se somete expresamente a la legislación
en materia de accidentes por carretera de la nación en que se halle
matriculado el vehículo, pudiendo acogerse, en cuanto a daños
personales se refiere, al seguro del mismo de acuerdo con el correspondiente
cuadro de indemnizaciones previstas al efecto, y en virtud del cual dichas
indemnizaciones serían pagadas a los interesados, beneficiarios
o sus representantes legales en el país de matrícula del
vehículo y precisamente en la moneda de curso legal del mismo.
En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto
se efectuará con un mínimo de antelación de hora
y media sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán
estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación
informativa del viaje. No obstante, se recomienda que el cliente reconfirme
con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida
de los vuelos.
SEGURO
Los viajes de este catálogo gozan de la cobertura del seguro de
accidentes, cuya información detallada se encuentra en el interior
del folleto.
VIGENCIA
La programación del presente programa/folleto será la estipulada
en los viajes combinados objeto del mismo.
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